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TC rechaza recurso de Maconi y mantiene condena por narcotráfico

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El Tribunal Constitucional (TC) rechazó el recurso de revisión constitucional presentado por Ernesto Bienvenido Guevara Díaz, alias «Maconi», manteniendo su condena de 20 años de prisión por narcotráfico y lavado de activos en el caso del buque Kaluba. Guevara Díaz intentaba anular la decisión de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que confirmó dicha condena.

En su recurso, Maconi alegó que el registro del buque Kaluba se realizó sin orden judicial, que el abordaje ocurrió en aguas internacionales y que las interceptaciones telefónicas en su contra eran ilegales. También argumentó que la SCJ vulneró su derecho de defensa y el debido proceso al rechazar sus planteamientos.

El TC concluyó que los alegatos de Guevara Díaz no demostraban una violación de derechos fundamentales. Afirmó que la sentencia de la SCJ era suficiente, ya que abordó «todos y cada uno de los medios y motivos» planteados en el recurso de casación, basándose en la ley y la doctrina jurisprudencial.

Además, el TC precisó que Guevara Díaz tuvo la oportunidad de presentar sus pretensiones y pruebas durante el proceso, sin que se vulnerara su derecho de defensa. El órgano constitucional aclaró que su función no es revaluar pruebas ni revisar el proceso penal en su totalidad, sino determinar si la decisión impugnada afectó derechos fundamentales.

Sobre el registro del Kaluba, la SCJ indicó que, aunque no había autorización judicial para inspeccionar ciertas áreas privadas del barco, esto no invalidaba la diligencia. Se destacó la necesidad de distinguir entre los camarotes y áreas privadas, y las zonas comunes del buque.

Con base en jurisprudencia del Tribunal Supremo de España, la SCJ determinó que el cuarto de máquinas, donde se encontraron los 1,502 paquetes de cocaína, era un espacio común y no un área protegida, lo que permitía valorar esa evidencia.

En relación al alegato de que el abordaje ocurrió en aguas internacionales, la SCJ sostuvo que la actuación estaba respaldada por la cooperación internacional en la lucha contra el narcotráfico. Se indicó que el Kaluba era objeto de una investigación por parte de las autoridades dominicanas y que la intervención cumplió con las excepciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar para perseguir el tráfico ilícito de estupefacientes.

Respecto a las interceptaciones telefónicas, la SCJ determinó que fueron autorizadas judicialmente y que las transcripciones coincidían con los audios originales, corroboradas por otros medios de prueba, por lo que no se excluyeron del proceso. Guevara Díaz fue condenado por formar parte de la estructura que intentó introducir al país el cargamento de cocaína en el Kaluba.

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