La Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de La Romana ordenó al alcalde de Villa Hermosa, Eduardo Familia Fransua, a la vicealcaldesa y a nueve regidores devolver los aumentos salariales que recibieron durante los primeros tres meses de 2025, al determinar que fueron aprobados en violación del artículo 140 de la Constitución dominicana.
La sentencia número 0195-2026-SCIV-00578, dictada el 8 de octubre de 2026 por la jueza Karuchy Sotero Cabral, establece que los funcionarios deberán reintegrar los recursos mediante descuentos mensuales de sus salarios, una vez notificada la sentencia. El tribunal comprobó que el alcalde pasó de cobrar 90,000 pesos mensuales en 2024 a 100,000 pesos en enero de 2025, mientras que la vicealcaldesa, Eddy Manzano Doroteo, recibió un incremento de RD$54,000 a RD$60,000.
Los nueve regidores también vieron un aumento en sus remuneraciones, que pasaron de 50,000 pesos a 60,000 pesos mensuales. Estos incrementos representaron un 11.11 % para el alcalde y la vicealcaldesa, y un 20 % para los regidores. Según las nóminas municipales examinadas, los aumentos se aplicaron durante enero, febrero y marzo de 2025, y en abril las remuneraciones regresaron a los niveles de 2024.
Los pagos adicionales sumaron 318,000 pesos durante esos tres meses, incluyendo 30,000 pesos recibidos de más por el alcalde, 18,000 pesos por la vicealcaldesa y RD$270,000 correspondientes a los regidores. La magistrada Sotero Cabral determinó que estos incrementos se produjeron dentro del mismo período de ejercicio de los funcionarios, lo que contraviene la disposición constitucional que prohíbe aumentos salariales durante el tiempo para el cual fueron electos.
La sentencia aclara que cualquier modificación salarial debe tener efectos presupuestarios para un período posterior. Aunque el Ayuntamiento de Villa Hermosa dejó sin efecto los aumentos, el tribunal estableció que esto no exime a los funcionarios de devolver el dinero ya recibido. La jueza comprobó que no existían pruebas de que los recursos adicionales hubieran sido reintegrados al municipio.
El proceso judicial se inició con un recurso contencioso administrativo municipal presentado el 28 de marzo de 2025 por el abogado Jesús Antonio Medina Rivera, quien cuestionó la legalidad de los incrementos. En su defensa, el Ayuntamiento argumentó que los ajustes eran una indexación salarial relacionada con la inflación acumulada y que los aumentos habían quedado sin efecto mediante decisiones administrativas.
Inicialmente, la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de La Romana declaró inadmisible el recurso, pero Medina Rivera recurrió en casación y la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia anuló esa decisión, ordenando que el caso fuera conocido nuevamente. La Primera Sala reconoció que los beneficiarios habían renunciado a los incrementos, pero concluyó que esto no eliminaba las consecuencias económicas de los pagos realizados.
La sentencia dispone que el alcalde y el tesorero municipal retengan de los salarios de los funcionarios las cantidades cobradas irregularmente, a ser devueltas en cuotas mensuales. Esto implica que el alcalde y los regidores deberán devolver 30,000 pesos cada uno en tres cuotas de 10,000 pesos, mientras que la vicealcaldesa deberá reintegrar 18,000 pesos en tres cuotas de RD$6,000.
Los descuentos comenzarán con el pago salarial siguiente a la notificación de la sentencia. La jueza también rechazó la solicitud de reintegro de viáticos y compensaciones, al considerar que no se presentaron pruebas suficientes de pagos irregulares por esos conceptos.

