El Tribunal Supremo de Estados Unidos decidió este martes que los rastafaris no pueden demandar a funcionarios de prisiones por el corte forzado de sus rastas mientras están encarcelados. La resolución se produjo en el caso de Damon Landor, quien alegó que le cortaron sus rastas en contra de su voluntad en un centro penitenciario de Luisiana. El fallo se dio con una votación de seis a tres, determinando que Landor no podía invocar una ley federal de 2000 que protege los derechos religiosos de los presos.
Landor, quien fue encarcelado en 2020 en el Centro Correccional Raymond Laborde por posesión de drogas, había mantenido sus rastas en dos cárceles anteriores, considerándolas un símbolo de su fe. Las rastas de Landor, que había dejado crecer durante 20 años, le llegaban casi hasta las rodillas.
A pesar de que Landor informó a un guardia sobre la importancia religiosa de sus rastas y presentó una copia de una decisión judicial que respaldaba su derecho a mantener su cabello, fue esposado a una silla y le cortaron las rastas. Este incidente se produjo a pesar de su intento de invocar la Ley de Uso Religioso de la Tierra y Personas Institucionalizadas (Rluipa).
El fallo del Tribunal Supremo marca un cambio en la tendencia de las decisiones recientes, donde se había ampliado el alcance de las libertades religiosas. En casos anteriores, el tribunal había permitido a padres eximir a sus hijos de usar libros que promueven la comunidad LGTBQ+ en las escuelas y autorizó a un entrenador a rezar en el campo de una escuela pública.
Te puede interesar...
