La Segunda Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional se reservó para el próximo 23 de julio la decisión sobre el recurso interpuesto por el Ministerio Público contra el auto de no ha lugar dictado a favor de Jean Andrés Pumarol Fernández, acusado de un ataque con arma blanca en el residencial Naco Dorado IV. La audiencia fue presidida por la jueza Ysis Muñiz, quien escuchó los argumentos de las partes involucradas.
El dictamen recurrido fue emitido por el Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, que determinó que Pumarol no debía ser enviado a juicio al considerar que, en el momento de los hechos ocurridos el 23 de julio de 2025, se encontraba bajo un cuadro psicótico que afectaba su capacidad para comprender y controlar sus acciones. Durante el incidente, falleció Yolanda Handal Abugabir, de 70 años, y varias personas resultaron heridas.
El abogado de la familia de la víctima, Miguel Valerio, argumentó que existen suficientes elementos para que Pumarol sea sometido a juicio. Valerio expresó su preocupación por la libertad del imputado, señalando que este ha demostrado ser una persona peligrosa.
El jurista recordó que desde el inicio del proceso manifestó su desacuerdo con la decisión judicial, argumentando que los peritajes realizados determinaron que Pumarol no estaba en un estado de locura que impidiera su sometimiento a juicio. Cuestionó la tesis de que el imputado estuviera atravesando un brote psicótico durante el ataque.
Valerio también expresó su inquietud por la falta de control estatal sobre el seguimiento médico del imputado, quien actualmente recibe tratamiento de especialistas privados contratados por su familia, lo que, según él, no garantiza la seguridad de la sociedad.
Defensa de Pumarol
Por su parte, el abogado defensor de Pumarol, Richard Martínez, afirmó que la Corte de Apelación cuenta con todos los elementos de prueba necesarios para confirmar la libertad penal de su cliente. Martínez reiteró que su defendido padece una condición de salud mental debidamente documentada, la cual fue considerada por el juez de instrucción al dictar el auto de no ha lugar.
El abogado defendió la decisión inicial, esperando que la Corte mantenga lo establecido en primera instancia, tomando en cuenta las pruebas y los informes periciales que constan en el expediente. Martínez enfatizó que su cliente sufre una condición médica que debe ser considerada en el proceso judicial.
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