A partir del próximo 6 de agosto, la entrada en vigencia de la Ley 74-25 comenzará a transformar la relación entre médicos y pacientes en los hospitales de la República Dominicana. Esta ley busca modificar la percepción social sobre la seguridad de la atención sanitaria, en un contexto donde muchas personas acuden a emergencias por situaciones de dolor o miedo, sin pensar en aspectos legales o administrativos. La preocupación principal radica en si el ejercicio de la medicina está siendo criminalizado y cómo esto afectará la atención médica.
El Colegio Médico Dominicano y diversas sociedades científicas han manifestado su inquietud ante la posibilidad de que la incertidumbre en el acto médico se interprete como conducta penal. En respuesta, instituciones del Estado han comenzado a capacitar a funcionarios y directivos para fortalecer los mecanismos de control y transparencia en el sector salud. Aunque estas discusiones parecen distintas, ambas representan una transformación en la forma en que se evalúa la atención médica.
Históricamente, los esfuerzos de modernización en el sector salud se han centrado en mejorar la capacidad administrativa de los hospitales, pero la habilidad para demostrar que estos servicios son seguros ha avanzado más lentamente. Esto ha creado una contradicción: hospitales que cumplen con procedimientos administrativos sin necesariamente demostrar que pueden prevenir daños evitables de manera sistemática.
La Ley 74-25 no fue diseñada específicamente para el sector salud, pero sus efectos impactan directamente en los servicios de salud al introducir una nueva lógica de responsabilidad. Esta ley no crea los riesgos clínicos ni los eventos adversos, sino que les da una visibilidad social y jurídica que antes no tenían. Así, la inseguridad en la atención se convierte en un tema de discusión pública.
Los pacientes buscan alivio y protección al acudir a un hospital, y la verdadera misión de estas instituciones es garantizar una atención segura. Con la nueva ley, la seguridad de la atención se convierte en una obligación que debe ser demostrada, lo que implica que, ante un evento adverso, la atención se centrará en lo que la organización hizo para prevenirlo.
La pregunta que surge es si la red de servicios está preparada para operar bajo esta nueva lógica de responsabilidad, donde la seguridad de la atención es evaluada no solo desde la perspectiva sanitaria, sino también desde la jurídica. Muchos eventos adversos son resultado de una serie de pequeñas fallas acumuladas, lo que subraya la necesidad de un enfoque más integral en la prevención de daños.
La preocupación del sector médico sobre la judicialización de la práctica es válida, pero también es crucial abordar la capacidad real de los servicios para prevenir daños evitables. La Ley 74-25 plantea un desafío significativo: no solo se trata de castigar después de un daño, sino de demostrar que se tomaron todas las medidas razonables para evitarlo.
La verdadera incógnita es qué sucederá cuando la sociedad exija evidencia de que los hospitales hicieron lo posible para prevenir daños evitables. La ley no solo ingresará a los tribunales, sino que también afectará la operación diaria de los hospitales, planteando la pregunta de si el sistema de salud está preparado para demostrar que actuó de manera proactiva en la prevención de daños.
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