La muerte del agente migratorio Snayder Almánzar Mena, de 20 años, en un accidente ocurrido la madrugada del 31 de mayo, pone de manifiesto los riesgos del transporte estatal, especialmente el traslado de personal en la parte trasera de camionetas. Este incidente, que dejó heridos a otros miembros de la Dirección General de Migración (DGM) y de las Fuerzas Armadas, resalta una práctica común que contraviene la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
La ley prohíbe el transporte de pasajeros en áreas de carga, sin embargo, es habitual ver a funcionarios estatales viajando de esta forma. En el caso del accidente, una cámara de seguridad captó el momento en que una yipeta Porsche blanca, con tres ocupantes, transitaba a alta velocidad por la avenida Jiménez Moya y, al llegar a una intersección, violó la luz roja, impactando la camioneta de la DGM.
Los integrantes de la patrulla mixta viajaban en la parte trasera del vehículo, algunos sentados en los bordes, lo que incrementó el riesgo durante el impacto. La ley establece sanciones para los conductores que violen esta disposición, que van desde multas de uno a tres salarios mínimos hasta la reducción de puntos en la licencia de conducir.
A pesar de las regulaciones, es común observar a miembros de la DGM, la Policía Nacional y la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) trasladándose en la parte trasera de camionetas durante operativos. La legislación no contempla excepciones para agentes policiales, militares o de migración, aplicándose de manera general a todos los casos de transporte en áreas de carga.
El diputado Tobías Crespo, autor de la Ley 63-17, recordó que esta modalidad de transporte está permitida únicamente para trabajadores agrícolas, siempre que se cuente con las protecciones necesarias para evitar que se expongan a las inclemencias del tiempo.
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