El Tribunal Superior Electoral (TSE) levantó la oposición contra el Partido Humanista Dominicano (PHD) y ordenó a los bancos BHD y de Reservas de la República Dominicana anular de inmediato la medida interpuesta mediante el acto de alguacil núm. 145/2026, al considerar que era una turbación ilícita.
Esta decisión se encuentra en la Ordenanza TSE/0006/2026, correspondiente al expediente núm. TSE-01-0015-2026, donde el tribunal acogió la demanda presentada por el PHD el 29 de mayo de 2026 contra varios ciudadanos, entre ellos Eléxido Paula Liranzo y Rafael García Filpo.
La oposición había sido presentada por los mencionados ciudadanos a través del acto de alguacil núm. 145/2026, que fue instrumentado el 22 de mayo de 2026 por Eusebio Disla Florentino, alguacil ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo.
Además, el TSE rechazó el medio de inadmisión planteado por la parte demandada, que argumentaba la falta de calidad de Ramón Emilio Goris Taveras, al determinar que el PHD no había realizado su convención interna para elegir nuevas autoridades en el momento de la apoderación del tribunal.
La ordenanza será notificada a las partes involucradas a través de la Secretaría General y se publicará en el portal institucional del tribunal, así como en el Boletín Contencioso Electoral para los fines correspondientes.
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