El Tribunal Constitucional (TC) ha fijado nuevos criterios para el tratamiento de menores involucrados en procesos penales, exigiendo que las decisiones judiciales sean notificadas directamente a los adolescentes y explicadas en un lenguaje claro y comprensible, acorde con su edad.
Esta medida busca garantizar el debido proceso.
La disposición fue establecida en la sentencia TC/0039/26, en la que el tribunal anuló una resolución de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
Esta última había declarado inadmisible un recurso de casación, argumentando que fue presentado fuera de plazo.
El TC consideró que el cómputo del plazo fue incorrecto, ya que la sentencia de apelación solo fue notificada al padre del menor y no al propio adolescente.
Derechos del menor en el proceso penal
El tribunal enfatizó que, si un adolescente puede ser investigado, juzgado y sancionado, también debe conocer personalmente las decisiones que le afectan y comprender sus implicaciones.
Este principio se fundamenta en el interés superior del niño y en el derecho del menor a ser escuchado, conforme a la Ley 136-03 sobre el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
La sentencia subraya que la notificación de decisiones judiciales no es una formalidad, sino una garantía del derecho de defensa y de la tutela judicial efectiva.
El TC argumentó que el adolescente debe participar activamente y entender las actuaciones judiciales que impactan su situación jurídica.
Impacto en el sistema de justicia juvenil
El TC también destacó la importancia de utilizar un lenguaje sencillo y adecuado al contexto del menor.
Esto asegura que el adolescente comprenda las razones de la sanción, las obligaciones que deberá cumplir y las opciones de apelación disponibles.
El tribunal concluyó que limitar la información a terceros o utilizar documentos incomprensibles despoja al menor de su dignidad en el proceso penal.
Informarlo de manera directa y comprensible refuerza su derecho de defensa y su reintegración social.
En consecuencia, el TC acogió el recurso de revisión constitucional, anuló la decisión de la Suprema Corte y ordenó el reenvío del expediente a esa jurisdicción, permitiendo así que se conozca nuevamente el recurso de casación.

