El Tribunal Constitucional (TC) anuló una ordenanza de la Junta Distrital de Boca de Mao que imponía cobros a bancas de lotería y apuestas deportivas, al considerar que fue aprobada sin la autorización del Concejo de Regidores del municipio Esperanza. La decisión reafirma que las juntas distritales no tienen la facultad de establecer arbitrios sin dicha autorización.
El TC argumentó que esta potestad está reservada a los ayuntamientos, salvo que cuenten con el consentimiento del concejo correspondiente. Boca de Mao es una localidad de la provincia Valverde, que forma parte del municipio Esperanza.
La ordenanza en cuestión establecía un pago de cinco mil pesos por la apertura de bancas deportivas y un arbitrio de quinientos pesos por publicidad exterior y desechos sólidos. Para las bancas de loterías nacionales, el cobro era también de quinientos pesos por estos conceptos.
Además, la norma prohibía la instalación de estos negocios sin la debida autorización, licencia o carta de no objeción de la junta distrital. También ordenaba a la Policía Municipal, la Policía Nacional y el Ministerio Público a velar por su cumplimiento, estableciendo sanciones para quienes violaran la ordenanza.
El TC concluyó que la junta distrital había excedido sus atribuciones, declarando la ordenanza «afectada de nulidad absoluta» por haber sido dictada por un órgano sin competencia. El fallo anuló la norma en su totalidad, incluyendo las disposiciones sobre permisos y sanciones.
La Procuraduría General de la República (PGR) había solicitado la declaración de inconstitucionalidad de la ordenanza, argumentando que «la publicidad en propiedades privadas no involucra el uso de bienes o servicios municipales».
La acción fue presentada por Fernando Antonio Guzmán Castro, propietario del Consorcio de Bancas Real. Aunque el tribunal acogió su recurso, no examinó otros argumentos sobre los cobros, ya que resolvió el caso basándose en la falta de competencia de la junta distrital.
El fallo no prohíbe a los ayuntamientos cobrar arbitrios a las bancas, sino que aclara que la Junta Distrital de Boca de Mao necesitaba la autorización del Concejo de Regidores de Esperanza para establecer dichos cobros.

