La Suprema Corte de Justicia rehabilitó a las federaciones deportivas que habían sido suspendidas de manera abusiva, restableciendo sus derechos a las federaciones de Bádminton, Esgrima, Pentatlón Moderno, Surfing y Tiro. La resolución núm. 0242/2026, emitida el 31 de marzo de 2026, establece un precedente importante en el movimiento deportivo nacional, permitiendo que las decisiones arbitrarias sean impugnadas en la justicia ordinaria.
Esta decisión reafirma la sentencia de la Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, que ya había sido confirmada por la Corte de Apelación. Las federaciones que fueron suspendidas podrán nuevamente ejercer sus funciones, y sus directivos vigentes al momento de la suspensión podrán representar oficialmente sus disciplinas.
Contexto del conflicto
Algunos mediadores han sugerido buscar un acuerdo para resolver el conflicto tras los Juegos Centroamericanos y del Caribe. Sin embargo, se ha criticado esta propuesta, argumentando que hace más de un año se solicitó la intervención del presidente del Comité Organizador, José P. Monegro, y del presidente del Centro Caribe Sports, Luis Mejía Oviedo, para evitar un conflicto que pudiera afectar la organización del evento, sin recibir respuesta.
Se considera que la decisión de la Suprema Corte de Justicia ha sorprendido a quienes pensaron que las federaciones suspendidas no podrían revertir la decisión del actual Comité Ejecutivo del Comité Olímpico (COD). La realidad actual demuestra lo contrario, y se enfatiza que no se debe responsabilizar a las federaciones por posibles afectaciones a los Juegos.
La sentencia de la SCJ establece que los directivos legítimamente electos deben retomar sus cargos. Se advierte que si no lo hacen y la situación se torna conflictiva, no se debe culpar a los dirigentes de Bádminton, Esgrima, Pentatlón Moderno, Surfing y Tiro, quienes tienen el derecho de asumir nuevamente el control de sus entidades.

