Un tribunal español ha fallado a favor de la cantante colombiana Shakira, anulando una multa relacionada con su tributación del ejercicio fiscal de 2011 y ordenando a la Agencia Tributaria devolverle aproximadamente 60 millones de euros (70 millones de dólares).
La Audiencia Nacional aceptó el recurso de la artista contra una decisión anterior de la Agencia Tributaria y el Tribunal Económico Administrativo Central, anulando las liquidaciones y sanciones impuestas por impuestos sobre la renta y el patrimonio de ese año.
Según la sentencia, que aún puede ser apelada, la administración no demostró que Shakira hubiera permanecido en España más de 183 días en 2011, lo que la habría considerado residente fiscal según la ley.
El caso se refiere a una reclamación de poco más de 55 millones de euros (64 millones de dólares), aunque el equipo legal de la cantante estima que la cantidad total a devolver, incluyendo intereses y costas judiciales, supera los 60 millones de euros.
Un comunicado de la agencia de comunicación Llorente y Cuenca, que representa a Shakira, indicó que esta es la última deuda que la artista tenía en España tras ocho años de disputas legales.
Fuentes de la Agencia Tributaria recordaron que Shakira ya aceptó condenas por delitos fiscales correspondientes a los años 2012-2014 y anunciaron que la reciente sentencia será recurrida ante el Tribunal Supremo.
Recientemente, un juzgado de Barcelona archivó otra causa penal contra Shakira por un supuesto fraude de 6,6 millones de euros (7,7 millones de dólares) en 2018, tras la solicitud de la Fiscalía de remitir el caso a la vía administrativa.
En 2024, Shakira aceptó una multa de 7,8 millones de euros (9 millones de dólares) al reconocer haber defraudado 14,5 millones de euros (17 millones de dólares) a Hacienda entre 2012 y 2014, evitando así un largo proceso judicial que podría haber resultado en prisión.
La Agencia Tributaria argumentó que Shakira no tributó por el IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio, alegando que vivía fuera del país, mientras que la Audiencia Nacional concluyó que no se probó que tuviera su domicilio fiscal en España en 2011.
El tribunal determinó que la artista estuvo en España durante 163 días y que no se comprobó que tuviera intereses económicos o familiares en el país, lo que invalidó las sanciones impuestas.
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