El seis de agosto de 2026 marcará la entrada en vigencia del nuevo Código Penal en la República Dominicana. Este código presenta importantes avances y retrocesos, así como un aumento en las penas y la creación de nuevos delitos. Las modificaciones incluyen la figura del cúmulo de penas y nuevas modalidades de cumplimiento, aspectos que aún son desconocidos por gran parte de la población.
Una de las innovaciones más significativas es el artículo 251, que establece penas complementarias para profesionales que utilicen su conocimiento para cometer delitos. Estas penas pueden incluir el cierre temporal o definitivo de la sociedad comercial involucrada. Además, los profesionales culpables pueden enfrentar la revocación temporal o definitiva de su exequátur, lo que no estaba claramente regulado en legislaciones anteriores.
Históricamente, la falta de regulación permitía que algunos profesionales, como ingenieros y agrimensores, continuaran operando a pesar de haber sido condenados por delitos. La nueva disposición busca cambiar esta situación, especialmente para aquellos involucrados en estafas y robo de tierras. A diferencia de otros gremios, el Colegio Dominicano de Notarios ha sido más proactivo en solicitar la cancelación de exequátur por faltas graves.
Impacto en diversas profesiones
La implementación de este código afectará a varios ingenieros que participan en estafas inmobiliarias y otras prácticas fraudulentas. También se espera que médicos con malas prácticas y que operan clandestinamente enfrenten consecuencias más severas. La posibilidad de clausurar consultorios y revocar exequátur representa un cambio drástico en la regulación de estas profesiones.
El Ministerio Público tendrá la capacidad de revocar el exequátur de contables, auditores y otros profesionales implicados en delitos graves. Esto incluye a abogados, arquitectos y médicos que incurran en falsificaciones y uso de documentos falsos. La lista de profesiones afectadas es extensa, abarcando desde maestros hasta ingenieros en sistemas.
Los artículos 30, 34, 39 y 41 del nuevo Código Penal establecen las penas complementarias para infracciones. Estas penas incluyen el cierre definitivo de establecimientos comerciales y la inhabilitación para ejercer funciones públicas. Además, se contempla la revocación de licencias o títulos habilitantes, lo que refuerza la severidad de las sanciones.

