El Partido Humanista Dominicano (PHD) denunció presuntas irregularidades en la demanda presentada ante el Tribunal Superior Electoral (TSE) para anular varias resoluciones internas, incluyendo cuestionamientos sobre la afiliación de los demandantes y la autenticidad de documentos en el expediente.
El abogado del partido, Bunel Ramírez Merán, indicó que un cruce de registros de la Junta Central Electoral (JCE) revela que de las 266 personas que figuran como impugnantes, solo 11 tienen afiliación exclusiva al PHD, mientras que las restantes 255 están registradas en otras organizaciones políticas.
Ramírez Merán planteó que esta situación cuestiona la legitimidad de los demandantes para reclamar derechos internos en el partido. Sin embargo, aseguró que los 11 afiliados exclusivos tienen garantizado su derecho al voto gracias a gestiones realizadas por el presidente de la organización ante el órgano electoral.
El abogado atribuyó la acción judicial al expresidente del PHD, Eléxido Paula, y al secretario de Organización, Julián Burgos Bonilla, así como a la secretaria de Actas y Correspondencias, Mayra Méndez, quienes, según su versión, estarían vinculados a esta estrategia.
Ramírez Merán consideró que la impugnación busca impedir la celebración de la VII Convención Nacional Ordinaria del partido y cuestionó que las diferencias internas se lleven a los tribunales. “Los tribunales de la República no pueden ser instrumentalizados por sectores minoritarios para desplazar a las autoridades legítimas”, expresó.
El TSE tiene programada para el 19 de octubre de 2026 la audiencia en la que conocerá la demanda contra las resoluciones internas del PHD. Ramírez Merán instó al tribunal a examinar la documentación y la calidad jurídica de los demandantes.
El representante legal del PHD también denunció que entre los documentos presentados para sustentar la demanda hay poderes de representación con firmas cuya autenticidad ha sido cuestionada por las personas a quienes se atribuyen. Por ello, pidió al TSE verificar los documentos y determinar si existe un consentimiento válido para ejercer la representación procesal.
Finalmente, el abogado defendió la validez de las resoluciones impugnadas, afirmando que fueron aprobadas por los órganos correspondientes de la organización política.

