La libertad de expresión en la República Dominicana enfrenta desafíos significativos debido a las modificaciones propuestas en el nuevo Código Penal, conocido como Ley núm. 74-25. Estas modificaciones, sometidas al Congreso Nacional, han generado preocupación en la opinión pública por sus posibles implicaciones en los derechos fundamentales y la capacidad de los ciudadanos para ejercer su derecho a la libre expresión. La discusión sobre este tema se intensifica en un contexto donde el legislador ha sido acusado de promover una «ley mordaza».
La Constitución dominicana garantiza la dignidad humana y los derechos fundamentales, organizando al país como un Estado Social y Democrático de Derecho. Sin embargo, desde el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo se han intentado introducir proyectos de ley que, por sus implicaciones, han encontrado resistencia en la sociedad. Entre estos se encuentran el Proyecto de Ley de Libertad de Expresión y Medios Audiovisuales y la Ley que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI).
El nuevo Código Penal, que busca reemplazar el código vigente desde 1884, incluye disposiciones que podrían afectar el ejercicio de la libertad de expresión. Aunque el legislador podría tener la intención de regular ciertos aspectos, la Constitución establece que la libertad de expresión no puede ser objeto de regulación en sí misma, sino que se pueden sancionar conductas ilícitas que surjan del abuso de este derecho.
El nuevo Código Penal también introduce sanciones más severas para los arrestos y detenciones ilegales, con penas que van de dos a tres años de prisión para los agentes que actúen sin causa legal. En casos de tortura, las penas podrían aumentar significativamente. Esto refleja un intento de fortalecer la protección de los derechos fundamentales en el país.
La regulación de la libertad de expresión debe ser cuidadosa, ya que cualquier norma que genere autocensura o intimide a periodistas y ciudadanos debe ser sometida a un estricto control de constitucionalidad. La democracia se fortalece garantizando que las responsabilidades derivadas del abuso de la libertad de expresión sean excepcionales y proporcionales.
Implicaciones constitucionales
El artículo 6 de la Constitución establece la supremacía de la misma, indicando que cualquier ley que contradiga la Constitución es nula. El Estado no puede regular el pensamiento o la opinión, pero sí puede sancionar el abuso del derecho cuando se lesionen derechos fundamentales de terceros. Esto implica que cualquier restricción a la libertad de expresión debe ser justificada y responder a una finalidad legítima.
El artículo 49 de la Constitución reconoce la libertad de expresión como un derecho fundamental, garantizando el acceso a la información y la protección del secreto profesional. Además, el numeral 15 del artículo 40 establece que la ley solo puede prohibir lo que perjudica a la comunidad, lo que limita la potestad legislativa en este ámbito.
La interpretación del nuevo Código Penal debe alinearse con los estándares internacionales sobre derechos humanos, asegurando que cualquier disposición que afecte la libertad de expresión sea excepcional y razonable. La entrada en vigencia del nuevo Código Penal es considerada por muchos como una necesidad nacional, ya que incorpora nuevos tipos penales que responden a formas de criminalidad contemporáneas.
Este avance en el sistema penal busca fortalecer la capacidad del Estado para abordar conductas delictivas que afectan a la sociedad, sin desvirtuar el respeto a la Constitución y los derechos fundamentales. La implementación de estas reformas es fundamental para construir una sociedad más justa y segura, alineada con las exigencias de una realidad social en constante transformación.

