En junio de 2027 se cumplirán diez años de la promulgación de la Ley 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo. Esta década invita a evaluar no solo lo que han aprendido los sujetos obligados, sino también las acciones de las autoridades para prevenir, detectar y perseguir actividades ilícitas que buscan infiltrarse en la economía formal.
La discusión, planteada en el programa 60 Minutos de Seguros junto al especialista José Manuel Patín Muñiz, resalta la necesidad de cuestionar si la República Dominicana está evolucionando al ritmo de las nuevas tendencias del crimen organizado. Observando el crecimiento acelerado de ciertos negocios, surge la inquietud sobre la falta de investigaciones de inteligencia financiera que expliquen estos fenómenos.
Los sujetos obligados, que deben cumplir con una serie de responsabilidades, se sienten como «agentes de la DEA, pero sin placa, sin careta y sin sueldo». Esto implica conocer a los clientes, identificar beneficiarios finales y reportar operaciones sospechosas, lo que requiere tiempo y recursos que muchas veces no están disponibles.
La responsabilidad de prevenir el lavado de activos no debe recaer exclusivamente en quienes realizan actividades económicas. Las instituciones encargadas de investigar el origen del dinero deben asumir su rol, especialmente en casos de negocios cuyo crecimiento no se justifica por su actividad conocida.
El papel de los partidos políticos
Una cuestión crítica es la falta de inclusión de los partidos políticos como sujetos obligados bajo la Ley 155-17. Dado que manejan grandes sumas de dinero para campañas electorales, es esencial que se garantice la transparencia en el origen de esos recursos.
Las campañas electorales movilizan importantes cantidades de dinero, y es fundamental saber de dónde provienen esos fondos y quiénes son los verdaderos aportantes. Aunque la Ley 33-18 establece controles sobre financiamiento político, no se equipara a las obligaciones de prevención que tienen los sujetos obligados según la Ley 155-17.
A pesar de los avances en el cumplimiento de la ley, como la creación de normas y capacitaciones, persiste la pregunta sobre los resultados concretos. ¿Cuántas estructuras criminales han sido desarticuladas? ¿Qué logros se pueden mostrar a la ciudadanía en términos de prevención del lavado de activos?
Desafíos y necesidades de mejora
El especialista José Manuel Patín estima que alrededor del 90% de los sectores no cumple adecuadamente con la ley, lo que indica que el problema no se resolverá solo con sanciones. Es necesario un enfoque que incluya educación y acompañamiento para facilitar el cumplimiento.
Las autoridades deben supervisar y sancionar, pero también orientar y capacitar. Las pequeñas empresas y profesionales independientes enfrentan obligaciones que no siempre pueden cumplir debido a la falta de recursos.
La Ley 155-17 debe ser evaluada y adaptada a las nuevas modalidades del crimen organizado. La efectividad de esta legislación no debe medirse solo por la cantidad de circulares o sanciones, sino por su capacidad para evitar que el dinero ilícito encuentre espacio en la economía.
En junio de 2027, al cumplir diez años de la Ley 155-17, es crucial que se presenten resultados tangibles y no solo más obligaciones para los mismos sectores. La prevención es una responsabilidad compartida, pero la investigación y persecución del delito deben ser asumidas por las instituciones del Estado.

