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JCE suspende reglamento que prohíbe publicar encuestas electorales

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La Junta Central Electoral (JCE) suspendió temporalmente la aplicación del reglamento que prohíbe la publicación de encuestas electorales antes del inicio de la precampaña, mientras el Tribunal Superior Electoral (TSE) evalúa las acciones interpuestas contra esta normativa. La decisión fue tomada por el Pleno del órgano electoral, que dejó en pausa el reglamento vigente desde el 22 de mayo hasta que el TSE emita un fallo sobre los recursos presentados por diversos sectores que cuestionan su legalidad.

Entre las objeciones se encuentra la presentada por Participación Ciudadana, cuyo coordinador general solicitó la revocación de la disposición que prohíbe la realización y difusión de estudios de opinión fuera de los períodos de precampaña y campaña electoral. Además, el presidente de ACD Media, Danny Alcántara, pidió reconsiderar el reglamento, argumentando que vulnera la Constitución y excede las facultades otorgadas a la JCE por las leyes 20-23 de Régimen Electoral y 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

Condiciones para las encuestas

A pesar de la suspensión, la JCE recordó que los partidos políticos, sus miembros y los aspirantes pueden contratar encuestas con fines electorales para uso interno antes del inicio de la precampaña. Sin embargo, advirtió que estos estudios no podrán hacerse públicos antes del primer domingo de julio de 2027, que es la fecha fijada para el inicio oficial de ese proceso.

El reglamento también contempla un régimen de sanciones para las firmas encuestadoras que incumplan sus disposiciones. Las penalidades incluyen la suspensión temporal del registro por un período de entre seis meses y un año, así como la cancelación definitiva en caso de reincidencia y otras sanciones administrativas previstas en la legislación electoral.

Asimismo, la normativa establece que las empresas encuestadoras deben notificar a la JCE, con al menos ocho días de antelación a las elecciones, sobre la realización de encuestas o sondeos durante la jornada de votación, conocidos como «boca de urna» o exit poll. El incumplimiento de este requisito podría conllevar multas de entre uno y 200 salarios mínimos, además de la suspensión de los estudios si vulneran el secreto del voto.

Finalmente, el reglamento exige que las firmas registradas mantengan actualizada su documentación de manera anual. Si no realizan la actualización dentro de los plazos establecidos, la JCE podrá revocar su registro y habilitación para realizar encuestas con fines electorales.

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