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Finjus propone modificar Ley 74-25 para mejorar seguridad jurídica

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La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) presentó este martes al Congreso Nacional un documento en el que propone modificar varios artículos de la Ley 74-25, que establece el nuevo Código Penal, con el fin de mejorar la técnica legislativa y garantizar mayor seguridad jurídica. El documento, firmado por el vicepresidente ejecutivo de Finjus, Servio Tulio Castaños Guzmán, también busca armonizar el texto con principios constitucionales.

Finjus considera que el proceso de revisión del Código Penal es una oportunidad para corregir disposiciones que presentan problemas de coherencia normativa o conflictos con la Constitución. Entre sus recomendaciones, destaca la revisión del delito de enriquecimiento ilícito, sugiriendo que la falta de justificación del incremento patrimonial no debe implicar automáticamente la comisión del delito, sino que debe ser un indicio para abrir una investigación.

La entidad propone que el incremento patrimonial sea considerado «significativo» o «manifiestamente desproporcionado» en relación con los ingresos del funcionario, además de incluir la inhabilitación para ejercer cargos públicos como pena complementaria. En cuanto al conflicto de intereses, Finjus apoya su inclusión en el Código Penal, pero sugiere ampliar su redacción para no dejar fuera conductas que comprometan la imparcialidad de los servidores públicos.

Uno de los artículos más criticados es el 310, que trata sobre el delito de ultraje. Finjus advierte que su redacción actual podría afectar la libertad de expresión al sancionar opiniones contra funcionarios públicos sin delimitar claramente las conductas que ameritan una respuesta penal. Propone eliminar referencias a «pronunciar palabras» o «hacer gestos» en el contexto del debate público.

En cuanto al acto médico, la organización valora que el Código fortalezca la protección de los pacientes, pero considera necesario diferenciar entre un error médico y una actuación negligente. Finjus sugiere que la legislación se base en la lex artis para evitar una expansión innecesaria de la responsabilidad penal.

Respecto a las modificaciones propuestas por el Senado, Finjus recomienda ampliar el alcance de los delitos de hostigamiento y hostigamiento cibernético, ya que limitar su aplicación a ciertos ámbitos deja fuera conductas similares que pueden ocurrir en otros espacios, especialmente en medios digitales. También expresó preocupación por la propuesta de eliminar el régimen especial de prescripción para delitos sexuales contra niños y personas vulnerables, recordando que la Ley 74-25 establecía un plazo de 30 años desde la mayoría de edad de la víctima.

Otro punto analizado es la modificación del delito de ultraje en sede jurisdiccional, donde Finjus considera que la redacción mejora al limitar el tipo penal al ámbito judicial, pero cuestiona la exclusión de abogados y defensores públicos de esta protección. La fundación argumenta que esta omisión crea una asimetría procesal, protegiendo a jueces y fiscales pero dejando desprotegidos a quienes ejercen la defensa.

Finjus reiteró la necesidad de un Código Penal moderno y afirmó que el proceso legislativo de modificación debe aprovecharse para corregir deficiencias técnicas y conflictos con el marco constitucional, manteniendo el equilibrio entre la persecución de delitos y la protección de derechos fundamentales.

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