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Director de Defensa Pública advierte sobre caos en Código Penal

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El director de la Oficina Nacional de Defensa Pública (ONDP), Rodolfo Valentín, advirtió este miércoles sobre el caos que se ha intentado generar en torno a la ley que modifica el actual Código Penal, afirmando que el tema «no es complejo». Valentín subrayó que ninguna ley puede estar por encima de la Constitución y que los jueces ordinarios tienen la facultad de declarar inconstitucional cualquier texto que conozcan.

El control difuso se aplica solo a los procesos que se someten a los magistrados del Poder Judicial, mientras que el control concentrado, que es responsabilidad del Tribunal Constitucional, es obligatorio para todos los estamentos del Estado. En este sentido, el director de la ONDP enfatizó que la Ley 74-25 debe entrar en vigor el próximo 3 de agosto y que los ajustes deben hacerse de manera gradual.

Valentín argumentó que actuar con prisa puede llevar a errores, citando el dicho «lo que se hace corriendo se sancocha». A medida que avance el tiempo, las acciones presentadas ante el Tribunal Constitucional serán resueltas, y aquellos interesados en modificar el texto podrán hacerlo.

Durante su intervención tras la juramentación de 15 nuevos jueces graduados por la Escuela Nacional de la Judicatura, Valentín reiteró su desacuerdo con el cúmulo de penas que establece la nueva ley del Código Penal. Sin embargo, aclaró que este aspecto no forma parte de la discusión sobre la modificación de la ley.

El director de la ONDP también destacó la falta de infraestructura adecuada en el país, señalando que no hay suficientes cárceles ni cuarteles para albergar a los detenidos. Según Valentín, el número de presos preventivos ha aumentado, representando el 65.3% del total de reclusos.

Además, hizo hincapié en las condiciones inhumanas y de hacinamiento en las que viven estos internos. Mencionó el caso de los destacamentos de Santo Domingo Este, donde muchos detenidos ni siquiera han sido presentados ante un juez, lo que en muchos casos viola el plazo de 48 horas establecido por la ley.

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