La diputada de la Fuerza del Pueblo (FP) por la provincia Santo Domingo, Tayluma Calderón, anunció que logró el consenso necesario para modificar el artículo 104 del nuevo Código Penal, con el objetivo de proteger a médicos y odontólogos en el ejercicio de sus funciones. Esta modificación busca evitar que la redacción original del artículo pudiera penalizar el uso cotidiano de sustancias químicas en el ámbito médico y odontológico.
Calderón, quien también es odontóloga, explicó que la redacción previa podía dar lugar a interpretaciones que comprometerían el trabajo de los profesionales de la salud. La modificación garantiza que los procedimientos realizados con fines preventivos, diagnósticos o terapéuticos se diferencien claramente de las conductas delictivas estipuladas en la ley.
La legisladora indicó que se presentaron observaciones al artículo 104 en su segunda lectura, argumentando que su redacción original podría tener consecuencias graves para el ejercicio legítimo de las profesiones médicas y odontológicas. Calderón destacó la necesidad de establecer una exclusión expresa para los actos médicos realizados conforme a los fines mencionados.
El nuevo texto establece que el suministro o aplicación de una sustancia con la intención de causar daño, que provoque efectos como agitación, confusión o alucinaciones, será sancionado con penas de cinco a diez años de prisión y multas de diez a veinte salarios mínimos del sector público.
A pesar de que la Fuerza del Pueblo votó en contra del conocimiento de la pieza por falta de tiempo para su estudio, Calderón logró introducir la modificación al artículo 104, una demanda del Colegio Médico Dominicano (CMD), el Colegio Dominicano de Odontólogos (CDO) y otros gremios del sector salud.
No obstante, la diputada lamentó que durante la discusión legislativa no se aprobaran las modificaciones solicitadas por los gremios al artículo 354 del nuevo Código Penal, señalando que aún hay aspectos que necesitan revisión para ofrecer mayores garantías a los profesionales de la salud.

