La Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación confirmó la condena a Rafael Guerrero Méndez, conductor de Corrupción al Desnudo, por difamación e injuria en perjuicio del exdirector de la Policía Nacional, Rafael Guillermo Guzmán Fermín. Guerrero Méndez fue hallado culpable de violar la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos Electrónicos, que sanciona estos delitos.
La sentencia ratificada impone una pena de tres meses de prisión en la cárcel Najayo Hombres, aunque esta fue suspendida. Además, el condenado deberá pagar una indemnización de 2 millones de pesos, de los cuales el 75 por ciento será destinado a Hogar Crea y Casa Abierta, mientras que el restante irá a favor de Guzmán Fermín, quien actuó como querellante.
Inicialmente, la condena fue emitida por la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, pero fue revocada por la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación tras la apelación de Guerrero Méndez. Sin embargo, Guzmán Fermín recurrió en casación la anulación de la sentencia que le favoreció.
En septiembre de 2025, la Suprema Corte de Justicia ordenó el envío del caso a una sala distinta de la Cámara Penal de la Corte de Apelación para su revisión. Posteriormente, la Segunda Sala, compuesta por los jueces Ysis Muñiz Almonte, Luis Jiménez Rosa y Teófilo Andújar Sánchez, rechazó la apelación de Guerrero Méndez y confirmó la condena.
Además, en mayo de 2026, Guerrero Méndez fue nuevamente hallado culpable por la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional por la misma acusación de violación a los artículos 21 y 22 de la Ley 53-07, esta vez en perjuicio del expresidente de la DNCD, Rolando Rosado Mateo.

