InicioNacionalesCondenan a 30 años a anciano por intento de feminicidio en Santiago

Condenan a 30 años a anciano por intento de feminicidio en Santiago

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El Tercer Tribunal del Distrito Judicial de Santiago condenó a un anciano de 80 años a 30 años de reclusión por intento de feminicidio y tentativa de asesinato. La decisión ha generado rechazo en medios de comunicación y redes sociales debido a la gravedad del delito cometido.

El condenado atacó a la víctima en su residencia, propinándole una herida profunda en el cuello con un arma blanca, mientras un nieto y un vecino presenciaban el ataque y lograron evitar que se consumara. Las lesiones que sufrió la anciana son de gran magnitud y han dejado secuelas psicológicas, ya que vive aterrorizada por las agresiones anteriores y las amenazas de muerte recibidas.

Contexto del caso

La situación plantea un dilema respecto a si la edad del victimario debe ser considerada como un atenuante. Se argumenta que esto enviaría un mensaje equivocado, sugiriendo que la vida de la víctima, también de 80 años, tiene menos valor que el privilegio de edad del agresor. La protección del derecho a la vida y la integridad física de las mujeres es fundamental y está consagrada en la Constitución (Artículos 37 y 42).

Además, la relación entre el agresor y la víctima no puede ser considerada como una reacción a una convivencia reciente, ya que han estado separados por más de 20 años. Esto sugiere una fijación delictiva y una premeditación que evidencian una conducta criminal arraigada en la violencia de género.

Si se considera la edad del agresor como un factor favorable, se corre el riesgo de crear un precedente que permita la impunidad en casos de violencia, debilitando el carácter preventivo de la ley. La imagen de un «anciano desvalido» no puede ser utilizada para justificar actos violentos.

Las juezas del Tercer Tribunal del Distrito Judicial de Santiago han actuado de manera justa al aplicar la ley, enfatizando la obligación del Estado de sancionar de forma proporcional y efectiva, sin otorgar beneficios que desprotejan a la víctima. La decisión resalta que la edad del agresor no debe violar el principio de proporcionalidad de la pena.

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