Un proyecto de ley busca modificar el nuevo Código Penal que entrará en vigor en agosto, estableciendo que la muerte de un paciente o la ocurrencia de una complicación médica no sean suficientes para atribuir responsabilidad penal a un profesional de la salud. La iniciativa, impulsada por la diputada Lidia Pérez, surge tras la solicitud del Colegio Médico Dominicano (CMD) al Congreso para revisar varios artículos del Código, que consideran podrían generar «una medicina defensiva».
La propuesta establece que «la mera producción de un resultado adverso, lesión, enfermedad, incapacidad, complicación o muerte en ocasión de un acto o servicio de salud no configure por sí sola responsabilidad penal culposa». Además, busca diferenciar entre un resultado adverso, una complicación médica, un error clínico sin consecuencias penales, una negligencia disciplinaria y una conducta que sí pueda constituir un delito.
Para lograr estos objetivos, el proyecto plantea modificar el artículo 112 de la Ley 74-25, que establece el nuevo Código Penal, incorporando nuevos párrafos específicos para los casos relacionados con la prestación de servicios de salud. Entre las modificaciones, se establece que el simple resultado adverso no constituirá un delito definido como «atentado culposo contra la vida» cuando la muerte de una persona sea alegadamente consecuencia de un acto médico o cualquier otro servicio de salud.
Asimismo, la responsabilidad penal solo podrá establecerse cuando se presenten cinco casos simultáneamente, no de manera aislada. La iniciativa también introduce la definición legal de «lex artis», que se refiere al conjunto de reglas científicas, técnicas, éticas y profesionales aceptadas para la prestación de servicios de salud.
El proyecto aclara que el consentimiento informado o la aceptación de riesgos por parte del paciente no excluirán la responsabilidad penal en casos de infracción grave, actuación temeraria, dolo, fraude, falsificación, abandono deliberado o violación consciente de protocolos de seguridad. Esto busca garantizar que se mantenga un estándar de atención adecuado.
Además, se mantiene la posibilidad de sancionar penalmente a los médicos que causen la muerte de una persona mediante actuaciones dolosas, abandono injustificado de atención en emergencias, falsificación de información clínica, o negligencia grave y temeraria debidamente comprobada.
La propuesta legislativa fue presentada poco después de que directivos del CMD comparecieran ante la Comisión de Salud del Senado, donde expresaron su rechazo a varios artículos del nuevo Código Penal. Durante esa reunión, el presidente del CMD, Luis Alberto Peña Núñez, advirtió que cuatro disposiciones contravienen la Constitución y que, de mantenerse el texto actual, se generaría una «medicina defensiva».
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