La Asociación de Familiares de Detenidos, Desaparecidos y Desacatados (AFAMIDESA) apoyó el decreto del presidente Luis Abinader que establece la Alerta Verde RD para la búsqueda de personas desaparecidas, resaltando su importancia social. Esta medida se complementa con la promulgación de la Ley 25-26, que regula el funcionamiento de la Alerta Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas en la República Dominicana.
La nueva legislación proporciona un marco jurídico que permite una respuesta rápida y coordinada ante casos de desaparición, priorizando la dignidad humana y la protección de los sectores más vulnerables. Su objetivo es crear un mecanismo de difusión masiva e inmediata de información relevante sobre personas desaparecidas, integrando esfuerzos de instituciones estatales, medios de comunicación y la sociedad civil.
Activación y clasificación de alertas
El vocero de AFAMIDESA, José Antonio Thomas, explicó que la Ley 25-26 establece que la Policía Nacional o el Ministerio Público deben activar el sistema de alertas de manera conjunta e inmediata tras valorar la denuncia, sin que transcurran más de 24 horas desde el reporte de desaparición. La ley también clasifica las alertas según el perfil de la persona afectada.
Las alertas se dividen en cuatro categorías: Alerta Amber para la sustracción de niños, Alerta Silver para adultos mayores de 65 años, Alerta Azul para personas con discapacidad, y Alerta Rosa para mujeres en situaciones de violencia de género o trata de personas.
Difusión y registro de desaparecidos
Las alertas tendrán una vigencia inicial de cinco días, prorrogables según sea necesario. Su difusión se realizará a través de redes sociales, medios de comunicación tradicionales, terminales de transporte y plataformas digitales.
La normativa también crea el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, una base de datos centralizada que estará bajo la administración de la Policía Nacional. Este registro incluirá una plataforma de consulta pública con información sobre las víctimas, respetando su derecho a la intimidad.
Para dirigir la implementación de la ley, se establece el Consejo Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, que estará adscrito al Ministerio de Interior y Policía y contará con representantes de diversas instituciones del Estado.
La ley introduce un régimen de consecuencias para los servidores públicos que omitan informar sobre casos de desaparición, estableciendo sanciones conforme a la Ley núm. 41-08 de Función Pública. Con la promulgación de la Ley 25-26, el Gobierno dominicano reafirma su compromiso con la seguridad ciudadana y la protección de los derechos fundamentales de la población.
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