El abogado penalista Juan Hirohito Reyes explica que la imposición de prisión preventiva varía según el tipo de delito, siendo de tres meses para homicidios y lesiones graves, y de más de un año para casos de corrupción y estafas. Esta diferencia se fundamenta en el Código Procesal Penal.
Reyes señala que en casos de gran consternación, como asesinatos o abusos, la prisión preventiva se aplica «casi siempre» y se ratifica en las revisiones. En contraste, los casos no violentos, que suelen ser declarados complejos, pueden llevar a una prisión preventiva de hasta 18 meses debido a la dificultad en su investigación.
El exjuez de la Suprema Corte de Justicia aclara que la prisión preventiva no es una pena, aunque a menudo se convierte en una anticipada, privando al procesado de su libertad y afectando su vida pública. Según el artículo 376 de la Ley 97-25, un expediente se declara complejo cuando hay una pluralidad de hechos o un gran número de imputados o víctimas.
Reyes también menciona que la imposición de medidas más benévolas, como la garantía económica, no implica el cierre de los procesos. Cita como ejemplo los grandes casos de corrupción que han estado en los tribunales por más de cinco años, donde los acusados, tras cumplir 18 meses de prisión, permanecen en libertad.
Entre los acusados de malversación se encuentran el exdirector del Senasa, Santiago Hazim, y los hermanos Alexis y Carmen Magalys Medina Sánchez, así como el exprocurador general Jean Alain Rodríguez, quienes han cumplido la totalidad de los 18 meses de prisión preventiva.
En el caso de las estafas inmobiliarias, como las operaciones Nido y Guepardo, los encartados fueron enviados a prisión preventiva por un año y seis meses, tras estafar a casi mil víctimas, según el Ministerio Público.
La reciente muerte de Deivi Carlos Abreu Quezada en Santiago, quien fue asesinado por un grupo de motoristas, ha consternado a la sociedad. Aunque el autor de la herida mortal sigue prófugo, sus siete cómplices cumplen tres meses de prisión preventiva mientras continúa la investigación.
La prisión preventiva tiene como objetivo garantizar la asistencia del imputado a las audiencias y prevenir su fuga. También se impone si se considera que el imputado puede destruir pruebas o intimidar a testigos.
Reyes concluye que la cárcel durante el proceso de instrucción también tiene un fin didáctico y disuasivo, enviando un mensaje a la sociedad de que ciertos delitos no deben repetirse.
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