La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, aclaró este viernes que los delitos culposos en el ejercicio de la Medicina no conllevan penas acumulativas de hasta 60 años de prisión, como se ha difundido en algunas versiones sobre el nuevo Código Penal dominicano. Durante una conferencia en el seminario-taller “ABC de la Responsabilidad Jurídica en el Sector Salud”, organizado por la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Reynoso enfatizó que tales penas son exclusivas para delitos graves.
Reynoso explicó que la reforma penal mantiene disposiciones sobre delitos culposos, aunque ha cambiado su ubicación dentro de la legislación, pasando del artículo 319 del antiguo código al artículo 112 del nuevo texto. La procuradora detalló que la mala práctica médica se define como una ruptura del deber de cuidado, que ocurre cuando se sobrepasan los límites del riesgo permitido.
La procuradora también definió la negligencia como la omisión de una acción que un profesional de la salud debe realizar, mientras que la imprudencia implica actuar de manera temeraria o sin las precauciones necesarias. Como ejemplo de imprudencia, mencionó el caso de una paciente que sufrió un choque hipovolémico y un paro cardíaco tras ser sometida a varios procedimientos estéticos en una misma intervención quirúrgica.
Además, Reynoso abordó la responsabilidad de las clínicas bajo el nuevo Código Penal, indicando que esta puede coexistir con la responsabilidad individual de los profesionales de la salud. Sin embargo, subrayó que la ocurrencia de complicaciones durante una cirugía no implica automáticamente la comisión de un delito, ya que se deben considerar las circunstancias específicas de cada caso.
La procuradora también aclaró que la Ley 74-25, que establece el nuevo Código Penal, no prohíbe el uso de WhatsApp para impartir indicaciones médicas. Aseguró que un médico que tiene una relación previa con su paciente no incurre automáticamente en responsabilidad penal al brindarle asistencia a través de esta aplicación.
Reynoso enfatizó que para que una conducta sea considerada delito, debe estar claramente descrita en la legislación, conforme a los principios de tipicidad y subsunción. “Solo es delito lo que el legislador de forma clara dice que es delito, lo contrario no es delito”, puntualizó.
Por su parte, el vicepresidente de Finjus, Servio Tulio Castaños, destacó que la aprobación del nuevo Código Penal marca una nueva etapa para el sistema de justicia dominicano, subrayando la necesidad de analizar sus implicaciones en diversos sectores, especialmente en el ámbito de la salud, donde se involucran derechos fundamentales como la vida y la salud.
En el seminario también participaron el cirujano plástico Severo Mercedes, el médico y abogado Ricardo Nieves, y los abogados Gilberto Octío, Ricardo De León y Luz Díaz, quienes compartieron sus conocimientos sobre los desafíos jurídicos que enfrenta el sector salud ante la entrada en vigencia de la nueva legislación.

