Expertos advierten que en la República Dominicana, numerosas disposiciones legislativas y medidas institucionales inicialmente concebidas como temporales se han vuelto permanentes, lo que refleja un patrón en la gestión pública del país. Esta tendencia se observa en diversas leyes y reformas que, a pesar de haber generado rechazo, continúan vigentes, alimentando la burocracia estatal y la duplicidad de funciones. Los partidos de oposición reconocen esta problemática, pero al llegar al poder, a menudo perpetúan las mismas medidas que prometieron modificar.
Un claro ejemplo de esta situación es la Ley 87-01 sobre Seguridad Social, aprobada en 2001, que ha sido objeto de críticas por parte de médicos, sindicatos y empresarios. A pesar de las promesas de una reforma integral, veinticinco años después, no se ha realizado ningún cambio significativo en el sistema. Otro caso notable es la Ley 253-12 de Reforma Fiscal, presentada en 2012 como una respuesta a una crisis fiscal, donde muchas de las medidas temporales se han convertido en permanentes.
Entre las medidas de la reforma fiscal, el aumento del ITBIS del 16 % al 18 % se presentó como temporal para 2013 y 2014, pero nunca volvió a su nivel anterior. Asimismo, la eliminación gradual del impuesto sobre los activos no se concretó en los plazos establecidos, y varios gravámenes que debían ser temporales se han integrado de forma permanente al sistema tributario.
El anticipo del Impuesto Sobre la Renta es otro ejemplo emblemático; inicialmente diseñado como un adelanto, se ha transformado en una obligación permanente para muchas empresas. De igual manera, el impuesto del 0.15 % a cheques y transferencias bancarias, concebido como extraordinario, se ha consolidado como una carga permanente.
La Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, aprobada en 2017, buscaba abordar el caos del transporte en el país, pero las críticas a su implementación y la falta de reformas prometidas han mantenido su rechazo. La creación de la nueva Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) mediante la Ley 1-24 también generó controversia, y aunque se prometieron modificaciones, estas nunca se materializaron, dejando incertidumbres sobre el marco legal de los organismos de inteligencia.
Otras leyes, como la Ley 340-22 sobre Extinción de Dominio y la Ley 47-20 sobre Alianzas Público-Privadas, nacieron con cuestionamientos y promesas de mejoras que han quedado en el olvido debido a nuevas prioridades políticas. Esta experiencia resalta que las medidas temporales, en lugar de ser revisadas o eliminadas, tienden a permanecer en el aparato estatal.
La situación plantea una reflexión sobre la necesidad de revisar las leyes existentes y evaluar cuáles han cumplido su propósito, en lugar de seguir creando nuevas normativas. Este fenómeno de convertir lo temporal en permanente podría considerarse un rasgo de la cultura dominicana, evidenciado en el dicho popular: «lo que se le deja al tiempo, el tiempo se queda con ello».
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